Constitución de Sociedades: S.R.L., S.A.C., S.A.

¿Qué es?
La constitución de empresa es un procedimiento a través del cual una persona o grupo de personas registran su empresa ante la SUNARP, cuenta con un patrimonio propio, distinto al de sus socios, cuya responsabilidad se limita a sus aportes. Para ello se requiere previamente otorgar la escritura pública de constitución.

Requisitos:

  1. Minuta firmada por los otorgantes y autorizada por abogado hábil.
  2. En el pacto social debe contener necesariamente los siguientes datos:
    • Denominación de la empresa.
    • Indicar el objeto de la empresa, es decir a que se va a dedicar la misma en forma detallada.
    • Capital de la empresa, e indicar los aportes de cada socio.
    • Nombramiento del Gerente General y las facultades que ostentará.
    • En caso tuviera Directorio indicar el nombre de los mismos (mínimo son 3),
    • Indicar el estado civil, nombre de los cónyuges, profesión y/o ocupación de cada socio.
  3. Búsqueda y reserva registral de la denominación (no es obligatoria, pero si se recomienda).
  4. Documento de Identidad de los otorgantes en copia: N.I., carné de extranjería, pasaporte.
    • Tratándose de ciudadanos peruanos deben satisfactoriamente la verificación biométrica.
    • Tratándose de extranjeros deberá contar con la calidad migratoria habilitante, permiso especial para contratar otorgado por Migraciones o el visado de negocios respectivo.
    • Todos los intervinientes sin excepción deben llenar y firmar de acuerdo a ley, la declaración jurada de conocimiento de cliente, Anexo 5 Ley de lavado de activos.
    • Si el socio aportante es casado, debe intervenir cónyuge.
    • Si el otorgante actúa en representación de una persona natural o persona jurídica: copia literal o vigencia de poder con facultad expresa para constituir sociedades o empresas.
  5. Si el socio es una Persona Jurídica: Adjunta Copia literal de la partida registral de la sociedad (empresa), y Ficha R.U.C. (habido y activo).
  6. Voucher de depósito bancario: en caso si el aporte es en dinero en efectivo.
  7. Declaración Jurada de recepción de bienes y valorización, suscrita por el Gerente General, en caso si el aporte es en bienes muebles y/o inmuebles:

Si se aporte BIENES INMUEBLES, Adjuntar:

Si se aporta VEHÍCULOS, Adjuntar:

  • Certificado Registral Inmobiliario (CRI) o Copia Literal del inmueble, con una expedición no mayor a 15 días
  • Declaración jurada de autoevalúo (Impuesto predial, incluye el HR y PU)
  • Constancia de No Adeudo Predial del año
  • Alcabala: Declaración y pago, si correspondiera
  •   Boleta informativa Sunarp
  •   Copia de tarjeta de propiedad
  •   Copia del SOAT
  •   Pago del impuesto vehicular, cuando corresponda.  
  1. Documento de aceptación del cargo de director con firmas legalizadas notarialmente (constitución con Directorio)

Toda documentación presentada por el cliente se encuentra sujeta a un estudio de título por parte del asesor a cargo del servicio, en caso de requerirse documentación adicional, se le comunicara de ello al cliente.

Cualquier información adicional escriba al correo electrónico: consultas@notariamorocho.com

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