Constitución de Asociación – ONG

Requisitos:

  1. Minuta: firmada por el representante de la asociación y autorizada por abogado hábil.
  2. Documento de Identidad: Copia de DNI del otorgante, carné de extranjería, pasaporte etc.
    • Tratándose de ciudadanos peruanos deben pasar satisfactoriamente la verificación biométrica.
    • Tratándose de extranjeros deberá contar con la calidad migratoria habilitante, permiso especial para contratar otorgado por Migraciones o el visado de negocios respectivo, y pasar verificación biométrica para extranjeros residentes.
    • Todos los intervinientes sin excepción deben llenar y firmar de acuerdo a ley, la declaración jurada de conocimiento de cliente, Anexo 5 Ley de lavado de activos y beneficiario final de ser el caso.
  3. Acta de constitución de la asociación, inserta en el libro de Asambleas Generales, debidamente legalizada su apertura, que contenga el acuerdo de los asociados de la constitución de una asociación y que contenga el estatuto social y la designación del consejo directivo.
  4. Búsqueda y reserva registral de la denominación (no es obligatoria, pero si se recomienda).

Toda documentación presentada por el cliente se encuentra sujeta a un estudio de título por parte del asesor a cargo del servicio, en caso de requerirse documentación adicional, se le comunicara de ello al cliente.

Cualquier información adicional escriba al correo electrónico: consultas@notariamorocho.com

Scroll al inicio