Requisitos:
- Minuta: firmada por el representante de la asociación y autorizada por abogado hábil.
- Documento de Identidad: Copia de DNI del otorgante, carné de extranjería, pasaporte etc.
- Tratándose de ciudadanos peruanos deben pasar satisfactoriamente la verificación biométrica.
- Tratándose de extranjeros deberá contar con la calidad migratoria habilitante, permiso especial para contratar otorgado por Migraciones o el visado de negocios respectivo, y pasar verificación biométrica para extranjeros residentes.
- Todos los intervinientes sin excepción deben llenar y firmar de acuerdo a ley, la declaración jurada de conocimiento de cliente, Anexo 5 Ley de lavado de activos y beneficiario final de ser el caso.
- Acta de constitución de la asociación, inserta en el libro de Asambleas Generales, debidamente legalizada su apertura, que contenga el acuerdo de los asociados de la constitución de una asociación y que contenga el estatuto social y la designación del consejo directivo.
- Búsqueda y reserva registral de la denominación (no es obligatoria, pero si se recomienda).
Toda documentación presentada por el cliente se encuentra sujeta a un estudio de título por parte del asesor a cargo del servicio, en caso de requerirse documentación adicional, se le comunicara de ello al cliente.
Cualquier información adicional escriba al correo electrónico: consultas@notariamorocho.com
