Levantamiento de Hipoteca

Requisitos:

  1. Minuta firmada por el acreedor y autorizada por abogado hábil.
  2. Personas naturales: Copias de los documentos de identidad de las partes: D.N.I., carnét de extranjería, pasaporte etc. En caso de representantes, vigencia de poder con facultad expresa para levantar o cancelar hipotecas inmuebles.
  • Tratándose de ciudadanos peruanos deben pasar satisfactoriamente la verificación biométrica.
  • Tratándose de extranjeros deberá contar con la calidad migratoria habilitante, permiso especial para contratar otorgado por Migraciones o el visado de negocios respectivo, y pasar verificación biométrica para extranjeros residentes.
  • Todos los intervinientes sin excepción deben llenar y firmar de acuerdo a ley, la declaración jurada de conocimiento de cliente, Anexo 5 Ley de lavado de activos y beneficiario final de ser el caso.
  1. Personas jurídicas: vigencia de poder o copia literal con facultad expresa para levantar o cancelar hipotecas inmuebles y copia de DNI o documento de identidad del representante legal. Ficha R.U.C. (habido y activo)
  2. Certificado registral inmobiliario (CRI) o Copia Literal del inmueble, con una expedición no mayor a 15 días.
  3. Copia del documento que acredite el medio de pago utilizado: DEPOSITO EN CUENTA, CHEQUE, TRANSFERENCIA BANCARIA.

 Nota: No se formalizará el instrumento público si no se exhibe y entrega el (los) respectivo(s) comprobante(s) de medio(s) de pago de acuerdo a Ley 30730.

Toda documentación presentada por el cliente se encuentra sujeta a un estudio de título por parte del asesor a cargo del servicio, en caso de requerirse documentación adicional, se le comunicara de ello al cliente.

Cualquier información adicional escriba al correo electrónico: consultas@notariamorocho.com

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