Requisitos:
- Minuta suscrita por las personas autorizadas de cada empresa y autorizada por el abogado
- Documento de identidad de los otorgantes: copia de DNI, carné de extranjería, pasaporte.
- Tratándose de peruanos deben pasar satisfactoriamente la verificación biométrica.
- Tratándose de extranjeros deberá contar con la calidad migratoria habilitante, permiso especial para contratar otorgado por Migraciones o el visado de negocios respectivo, y pasar verificación biométrica para extranjeros residentes.
- Todos los intervinientes sin excepción deben llenar y firmar de acuerdo a ley, la declaración jurada de conocimiento de cliente, Anexo 5 Ley de lavado de activos y beneficiario final de ser el caso.
- Acta de junta general, con el acuerdo de escisión, inserto en el libro de actas de Juntas Generales, de cada una de las empresas participantes
- Declaración jurada del gerente general: inserta al final de cada acta de Junta general, donde certifique que las firmas de los socios que suscriben el acta, corresponden a cada uno de ellos, con firma legalizada del gerente general inscrito.
- Proyecto de escisión
- Declaración jurada después de 30 días calendarios, de cada una de las empresas, que declare que la sociedad no ha sido emplazada judicialmente por algún acreedor oponiéndose a la escisión
- publicaciones en el peruano y en otro diario de mayor circulación, 3 veces con un intervalo de 5 días cada una.
- Copia literal de las empresas participantes con una antigüedad no mayor a 15 días
Toda documentación presentada por el cliente se encuentra sujeta a un estudio de título por parte del asesor a cargo del servicio, en caso de requerirse documentación adicional, se le comunicara de ello al cliente.
Cualquier información adicional escriba al correo electrónico: consultas@notariamorocho.com
