Reconocimiento de Unión de Hecho

¿Qué es?
En un procedimiento notarial, mediante la cual los convivientes, deciden reconocer en forma voluntaria su vida en pareja para así adquirir derechos y se sujetan bajo un régimen patrimonial de comunidad de bienes.

Requisitos:

  1. Solicitud firmada por los solicitantes y autorizada por abogado hábil.
  2. Copia simple del DNI de los solicitantes.
  3. Reconocimiento expreso que conviven no menos de dos (2) años de manera continua (declaración jurada firmada por ambos convivientes).
  4. Declaración expresa de los solicitantes que se encuentran libres de impedimento matrimonial y que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer, según sea el caso.
  5. Certificado domiciliario de los solicitantes.
  6. Certificado negativo de Unión de Hecho expedida por la Oficina Registral del domicilio de los solicitantes (con una vigencia no mayor a 30 días).
  7. Declaración de 02 (dos) testigos indicando que los solicitantes conviven mínimo dos (02) años continuos, con firmas legalizadas notarialmente.
  8. Otros documentos que acrediten que la unión de hecho tiene por lo menos dos años (ejemplo: contrato de arrendamiento a nombre de ambos convivientes, bienes adquiridos conjuntamente).
  9. Certificado negativo de matrimonio a nombre de los convivientes, expedición a cargo de RENIEC y con una vigencia no mayor a 30 días.

PLAZO APROXIMADO DEL TRÁMITE: 45 DÍAS

Toda documentación presentada por el cliente se encuentra sujeta a un estudio de título por parte del asesor a cargo del servicio, en caso de requerirse documentación adicional, se le comunicara de ello al cliente.

Cualquier información adicional escriba al correo electrónico: consultas@notariamorocho.com

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